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Producción
(mill. euros) |
2.170 |
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·
%
var. 2024/2023 |
+3,0 |
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Exportación
(mill. euros) |
1.041 |
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·
%
var. 2024/2023 |
+2,7 |
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Importación
(mill. euros) |
946 |
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·
% var. 2024/2023 |
-8,4 |
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Mercado
(mill. euros) |
2.075 |
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·
%
var. 2024/2023 |
-2,4 |
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Exportación/producción
(%) |
48,0 |
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Importación/mercado
(%) |
45,6 |
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Tasa
cobertura comercio exterior (%) |
110,0 |
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Concentración
(cuota de mercado conjunta en valor) (%) |
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Cinco
primeras empresas |
52,7 |
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·
Diez primeras
empresas |
68,0 |
Mak Food Company ha cerrado el ejercicio 2025 superando las previsiones iniciales y consolidándose como uno de los referentes internacionales en la producción de concentrados de fruta y soluciones personalizadas para la industria alimentaria
En un contexto global marcado por la inestabilidad del mercado y la caída del consumo en categorías tradicionales —entre un 7% y un 12% en regiones como Europa y Estados Unidos— la compañía ha destacado por su capacidad de crecimiento y por garantizar disponibilidad de producto durante todo el año.
"Crecimos porque supimos adaptarnos, anticiparnos y acompañar a nuestros clientes incluso en los momentos más complejos", afirman Arturo Cantero y Miguel Ángel Cantero, Co-Fundadores y CEO de Mak Food Company.
Estabilidad del suministro y servicio al cliente: la clave del año
A lo largo de 2025, Mak Food ha mantenido stock continuo de concentrados —incluyendo los de fruta y los plant-based— aun cuando destacados mercados productores registraron fluctuaciones por clima, reducción de cosechas o tensiones logísticas.
Esta estabilidad ha sido posible gracias al modelo de eficiencia de la compañía y a una planificación estratégica que ha permitido:
Los concentrados han sido este año uno de los pilares fundamentales de Mak Food, tanto por la versatilidad del producto como por la confianza y tranquilidad que aporta a los fabricantes que trabajan con la compañía.
Mak Food, reconocida entre los líderes globales
Este año, el Informe Global de Fabricantes B2B de Oat Concentrate ha situado a Mak Food Company entre los Tier 1 líderes especializados del mundo, junto a multinacionales de referencia.
El estudio destaca la tecnología propia de concentración, la solidez del modelo operativo y la versatilidad del catálogo de productos, que incluye concentrados de avena, mezclas con fruta y soluciones shelf-stable 10:1.
"Este reconocimiento confirma que nuestra visión está consolidándose a escala global", aseguran los cofundadores.
Expansión internacional y presencia en las principales ferias del sector
2025 ha sido también el año del impulso definitivo a la internacionalización de Mak Food.
La compañía ha participado en las ferias, congresos y encuentros profesionales más relevantes del sector alimentario a nivel mundial, posicionándose como un referente innovador en:
Esta presencia global ha permitido abrir nuevos mercados, fortalecer acuerdos estratégicos y captar tendencias emergentes directamente desde los principales polos de innovación alimentaria del mundo.
Relación con agricultores y cooperativas: un compromiso reforzado
Mak Food ha consolidado en 2025 sus alianzas con agricultores, cooperativas y centrales hortofrutícolas, actores esenciales en la cadena de valor.
"El sector no empieza en la fábrica; empieza en el campo. Cuidar de quienes hacen posible nuestro producto es una prioridad absoluta", destacan Arturo y Miguel Ángel Cantero.
Estas alianzas se basan en estabilidad, confianza y colaboración a largo plazo, garantizando calidad, continuidad y sostenibilidad en el origen.
2026: un año para escalar y consolidar
De cara a 2026, las previsiones apuntan a una normalización gradual de la oferta y una mayor estabilidad de precios en regiones productoras clave como Brasil.
En este escenario, Mak Food centrará su estrategia en:
"Si 2025 ha sido un año para demostrar quiénes somos, 2026 será un año para mostrar hasta dónde podemos llegar", concluyen los Co-Fundadores & CEO.
Sobre Mak Food Company
Mak Food Company es una empresa española especializada en la producción de concentrados de fruta, soluciones a medida para la industria alimentaria y desarrollos innovadores basados en eficiencia y sostenibilidad. Con presencia en más de 30 países, colabora con fabricantes, distribuidores y marcas líderes en todo el mundo.
El comparador independiente de casas de apuestas consolida su apuesta por la autorregulación, la protección del usuario y el juego responsable, y se incorpora también a la asociación sectorial Jdigital
Casasdeapuestas.com, uno de los principales comparadores independientes de casas de apuestas y casinos en España, ha sido reconocido con el sello de Confianza Online, un distintivo que acredita el cumplimiento de los más altos estándares de transparencia, buenas prácticas digitales y protección del consumidor en el entorno online.
La obtención de este sello supone un paso relevante dentro de la estrategia de la compañía para reforzar la confianza de los usuarios y garantizar una experiencia informativa responsable, clara y alineada con la normativa vigente en España. Confianza Online es el principal sistema de autorregulación del comercio electrónico en nuestro país y está respaldado por entidades como Autocontrol y Adigital.
Este reconocimiento se suma a la reciente incorporación de Casasdeapuestas.com a Jdigital, la asociación que representa a los principales operadores y actores del juego online regulado en España. La adhesión a Jdigital refuerza el posicionamiento del comparador como medio especializado comprometido con el desarrollo responsable y sostenible del sector.
"Nuestro objetivo siempre ha sido ofrecer información rigurosa, independiente y transparente a los usuarios. La adhesión a Confianza Online y Jdigital es una consecuencia natural de esa filosofía y un paso más para reforzar la credibilidad y la responsabilidad del proyecto", señala Juan Carlos Martínez, fundador de Casasdeapuestas.com.
Compromiso con la transparencia y el juego responsable
Casasdeapuestas.com basa su modelo editorial en el análisis objetivo de casas de apuestas, casinos, bonos y mercados, con especial atención a la claridad de condiciones, la protección del usuario y la promoción del juego responsable. La obtención del sello de Confianza Online implica, entre otros aspectos, el cumplimiento de un código ético, la supervisión de contenidos y la adhesión a sistemas de resolución extrajudicial de conflictos.
Con esta doble incorporación, la plataforma consolida su posicionamiento no solo como comparador de cuotas, sino también como medio informativo especializado, alineado con los principios de responsabilidad, transparencia y buenas prácticas que demanda el entorno digital actual.
Sobre Casasdeapuestas.com
Casasdeapuestas.com es un comparador independiente de casas de apuestas, casinos y cuotas deportivas en España, activo desde 2012. El proyecto ofrece análisis, guías informativas, pronósticos deportivos y contenidos editoriales orientados a ayudar al usuario a tomar decisiones informadas, siempre desde un enfoque responsable y transparente.
ROIPRESS / ALICANTE-ESPAÑA / JURÍDICO - La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante rechazó la práctica de diligencias esenciales en un procedimiento penal por accesos no autorizados al correo electrónico de un denunciante, adoptando una decisión que se aparta de los estándares exigidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y que presenta, además, graves incoherencias internas en su motivación.
La justicia española vuelve a situarse en el centro de la polémica tras el Auto nº 110/2025, de 5 de febrero de 2025, dictado por la Audiencia Provincial de Alicante. Dicha resolución, que presenta errores formales no subsanados —como duplicación de apartados y confusión en la identificación de cuentas de correo electrónico—, deniega la toma de declaración de dos testigos clave que podían esclarecer los accesos indebidos al correo personal del denunciante.
Según consta en la denuncia, ambas personas accedieron a dichos correos electrónicos, y una de ellas llegó incluso a advertir al denunciante de la existencia de accesos no autorizados. Pese a ello, la Audiencia concluyó que su testimonio “no aportaría nada” al procedimiento, basándose únicamente en el hecho de que continuaron trabajando en la empresa tras el despido del denunciante.
Sin embargo, la distribución de los puestos de trabajo, el acceso efectivo a las cuentas de correo y la propia declaración del investigado evidencian que la toma de declaración de estos testigos resultaba no solo pertinente, sino imprescindible para una investigación mínimamente diligente.
El sobreseimiento provisional y los estándares europeos de investigación
El archivo del procedimiento se adopta mediante un sobreseimiento provisional, una resolución del juez de instrucción que suspende el avance del proceso penal cuando, en ese momento, no existen indicios suficientes para continuar la investigación o para transformar el procedimiento en juicio.
Esta figura se regula en el artículo 641 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que contempla dos supuestos principales:
1.º Cuando no aparecen debidamente justificados los hechos denunciados.
2.º Cuando los autores no están identificados o no existe base suficiente para imputar el delito a una persona concreta.
En este caso, el sobreseimiento se fundamenta en el primer supuesto. Sin embargo, adoptar una decisión de archivo despreciando la posibilidad de tomar declaración a personas que pueden aclarar los hechos se sitúa claramente fuera de los estándares de justicia europeos, que exigen una investigación efectiva, especialmente cuando están en juego derechos fundamentales como la privacidad y la protección de datos personales.
Jurisprudencia del TEDH ignorada
Esta actuación contradice de forma directa la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En una sentencia contra el Reino de España de 3 de mayo de 2017, el TEDH declaró que el Estado incumplió sus obligaciones positivas derivadas del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al no llevar a cabo una investigación efectiva sobre accesos indebidos a datos personales.
El Tribunal fue claro al señalar que:
“Era necesario obtener la declaración de quienes tenían acceso a los datos para identificar y sancionar a los responsables. La omisión de estas diligencias constituye una vulneración del artículo 8 del Convenio.”
Incongruencia y falta de motivación en una providencia posterior
A esta deficiente investigación se suma una grave incongruencia interna en una providencia posterior dictada por la propia Audiencia Provincial. En ella se afirma que un escrito presentado el 31 de octubre de 2024 fue rechazado automáticamente por estar dirigido a un procedimiento inexistente y por no poder ser procesado electrónicamente. Sin embargo, dicho rechazo no se produce hasta el 27 de marzo de 2025, casi cinco meses después, lo que excluye cualquier automatismo técnico y revela una intervención humana posterior.
Más aún, pese a sostener que el escrito no podía procesarse ni incorporarse al expediente, la propia providencia reproduce y valora expresamente parte de su contenido, utilizándolo como fundamento para negar la posibilidad de promover un incidente de nulidad de actuaciones. Ello demuestra que el escrito sí fue leído y tenido en cuenta, lo que resulta incompatible con la tesis de un rechazo automático e inexistente a efectos procesales.
Esta utilización selectiva del escrito —rechazándolo formalmente pero aprovechando materialmente su contenido— constituye una contradicción lógica interna, vulnera el principio de motivación suficiente y coherente de las resoluciones judiciales y genera una evidente inseguridad jurídica para el ciudadano.
Una investigación insuficiente y una respuesta judicial incoherente
El caso vuelve a poner de relieve la necesidad urgente de que los tribunales españoles garanticen investigaciones completas y efectivas cuando están en juego derechos fundamentales, ajustándose a los estándares europeos y ofreciendo resoluciones claras, coherentes y comprensibles. La reiteración de este tipo de decisiones evidencia que las advertencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos siguen sin ser plenamente aplicadas en España.
Fuente: Pedro José Masiá Samper